liquidación de bienes gananciales

Liquidación de bienes gananciales

La liquidación de bienes gananciales es el proceso legal de dividir los bienes adquiridos durante el matrimonio bajo el régimen de sociedad de gananciales. Se realiza al disolverse el matrimonio por divorcio, separación o fallecimiento de uno de los cónyuges. El proceso incluye identificar, valorar y repartir los bienes de forma justa entre las partes. En algunos casos, puede realizarse ante notario, lo que simplifica y acelera el procedimiento. Es importante llevar a cabo la liquidación para evitar conflictos patrimoniales futuros.

La Liquidación de Bienes Gananciales: Un Proceso Crucial en el Derecho Familiar

La liquidación de bienes gananciales es un proceso legal fundamental que se lleva a cabo al disolverse la sociedad conyugal, ya sea debido a un divorcio , separación o fallecimiento de uno de los cónyuges. Es un trámite imprescindible para garantizar que los bienes adquiridos durante el matrimonio se distribuyan de manera justa y conforme a la ley. Este proceso tiene implicaciones patrimoniales y legales significativas que deben ser comprendidas a fondo por los cónyuges o herederos implicados.

liquidación de bienes gananciales
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¿Qué es la liquidación de bienes gananciales?.

En el régimen económico de sociedad de ganancias , los bienes adquiridos durante el matrimonio se consideran propiedad conjunta de ambos cónyuges, salvo aquellos que sean de carácter privativo (como los bienes que pertenecen a uno de los cónyuges antes del matrimonio). La liquidación de bienes gananciales es el proceso mediante el cual estos bienes se dividen y se asignan a cada cónyuge al finalizar el vínculo matrimonial o en caso de fallecimiento de uno de los cónyuges.

Este proceso es crucial porque no solo implica la distribución de los bienes, sino también la regulación de las deudas contraídas durante el matrimonio y la gestión de los derechos de cada cónyuge. La liquidación de bienes gananciales es de especial relevancia en situaciones de divorcio, pero también es aplicable en el contexto de un fallecimiento, en donde se deben liquidar los bienes gananciales para repartir la herencia entre los herederos.

La liquidación de bienes gananciales en caso de divorcio.

Cuando se produce un divorcio , es fundamental llevar a cabo la liquidación de bienes ganados en divorcio para garantizar que la división de los bienes adquiridos durante el matrimonio se haga de forma equitativa. El proceso puede ser complejo dependiendo de la cantidad y la naturaleza de los bienes involucrados, así como de los acuerdos alcanzados entre los cónyuges. Si no se llega a un acuerdo, el juez será quien decida cómo repartir los bienes de acuerdo con lo estipulado por la ley.

Una de las preguntas más frecuentes durante este proceso es: ¿Cómo se reparten los bienes ganados en un divorcio? La respuesta a esta pregunta depende de varios factores, como el valor de los bienes, la situación económica de los cónyuges, y si existen hijos menores que deben ser considerados en el reparto. Generalmente, los bienes deben dividirse en dos partes iguales, aunque las circunstancias personales pueden modificar esta distribución.

Liquidación de bienes ganados después del divorcio.

Después de un divorcio , la liquidación de bienes gananciales después del divorcio sigue siendo un proceso crucial. Aunque el vínculo matrimonial ya no existe, los bienes adquiridos durante la relación deben ser repartidos. Este proceso puede hacerse de forma amistosa o mediante intervención judicial si los cónyuges no logran llegar a un acuerdo. Si ya ha pasado algún tiempo desde el divorcio, es posible que la liquidación de los bienes se retrase, lo que podría generar complicaciones adicionales.

Liquidación de bienes gananciales por fallecimiento.

En caso de fallecimiento de uno de los cónyuges, se debe proceder con la liquidación de bienes gananciales por fallecimiento para repartir los bienes entre el cónyuge sobreviviente y los herederos del difunto. Este tipo de liquidación puede ser algo más complicado si no existe un testamento claro o si hay conflictos entre los herederos. Además, es fundamental que la liquidación de bienes gananciales tenga en cuenta las cargas fiscales y las deudas del difunto.

La liquidación de bienes gananciales sin divorcio.

En algunas situaciones, los cónyuges pueden optar por liquidar la sociedad de gananciales sin divorcio . Esto sucede, por ejemplo, cuando los cónyuges deciden separarse judicialmente o de hecho pero no quieren proceder con el divorcio. En estos casos, la liquidación de los bienes gananciales puede ser un paso importante para regularizar su situación patrimonial y evitar futuros conflictos. La liquidación de bienes gananciales sin divorcio también puede ocurrir cuando uno de los cónyuges desea salir de la sociedad conyugal sin disolver completamente el vínculo matrimonial.

¿Tienes dudas sobre cómo se realiza la liquidación de bienes gananciales? Solicita una consulta con nuestros expertos y te guiaremos en todo el proceso.

¿Quién paga los gastos de la liquidación de ganancias?.

Una de las preguntas más frecuentes durante este proceso es ¿quién paga los gastos de la liquidación de gananciales? Generalmente, los gastos asociados con la liquidación de bienes gananciales son cubiertos por ambas partes, es decir, los cónyuges deben compartir los gastos derivados del proceso, incluidos los honorarios de abogados, notarios y cualquier otro costo administrativo relacionado. En algunos casos, el reparto de estos gastos puede ser motivo de disputa.

Modelo de liquidación de bienes gananciales.

Existen modelos de liquidación de bienes gananciales que pueden facilitar este proceso, especialmente cuando los cónyuges llegan a un acuerdo sobre la distribución de los bienes. Estos modelos suelen incluir un inventario de los bienes y de las deudas, además de un acuerdo sobre cómo se dividirán. Utilizar un modelo de liquidación de bienes gananciales adecuado puede ahorrar tiempo y evitar problemas legales futuros.

Liquidación de bienes gananciales ante notario.

En muchos casos, los cónyuges optan por realizar la liquidación de bienes gananciales ante notario para formalizar el acuerdo de forma legal y asegurar que el proceso se lleve a cabo de acuerdo con la ley. La liquidación de bienes gananciales ante notario ofrece la ventaja de tener un documento oficial que refleja el reparto de los bienes, lo que puede ser útil para futuras referencias legales. Si no hay acuerdo, el notario puede ayudar a formalizar los acuerdos de divorcio, aunque no tiene la capacidad para decidir sobre los bienes si las partes no se ponen de acuerdo.

¿Cuánto cuesta una liquidación de bienes gananciales ante notario?.

El precio de la liquidación de bienes gananciales ante notario varía según varios factores, como la complejidad del proceso, el valor de los bienes y las tarifas notariales locales. En general, los costos son razonables, pero es recomendable solicitar un presupuesto detallado al notario antes de proceder. Este precio puede incluir honorarios notariales, impuestos de registro y otros gastos administrativos.

La liquidación de bienes gananciales con hijos.

Cuando hay hijos involucrados, la liquidación de bienes gananciales con hijos debe tener en cuenta las necesidades y derechos de los menores. En muchos casos, los bienes gananciales deben dividirse de una manera que garantice el bienestar de los hijos, tanto en términos económicos como prácticos. Esto puede implicar que uno de los cónyuges reciba una mayor parte de los bienes para asegurar una vivienda adecuada para los menores o para cubrir sus necesidades educativas y de salud.

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¿Qué pasa si no se liquida la sociedad de gananciales?.

Es importante entender las consecuencias de no realizar la liquidación de la sociedad de gananciales . Si no se liquida la sociedad, puede generar confusión sobre la propiedad de los bienes y, en casos graves, puede dar lugar a reclamaciones judiciales. La falta de liquidación puede retrasar el proceso de reparto de bienes, dificultar el acceso a bienes de herencia o incluso ocasionar problemas en la distribución de los bienes en un divorcio.

¿Cuánto tiempo tengo para liquidar la sociedad conyugal?.

El plazo para liquidar la sociedad conyugal varía, pero en general, debe realizarse lo antes posible tras el divorcio o la separación. En algunos casos, la ley establece un plazo máximo para realizar la liquidación, que varía según la jurisdicción. Si no se liquida dentro de este plazo, pueden surgir consecuencias legales, como la pérdida de derechos sobre ciertos bienes o la imposición de sanciones.

¿Dónde puedo liquidar la sociedad conyugal?.

La liquidación de bienes gananciales puede llevarse a cabo en varios lugares, dependiendo de las circunstancias y del acuerdo de los cónyuges. En algunos casos, se realiza ante un notario o mediante un acuerdo judicial. Si los cónyuges no pueden llegar a un acuerdo, puede ser necesario acudir a los tribunales para que un juez decida sobre la distribución de los bienes.

¿Qué pasa si no liquido la sociedad conyugal?.

Si no se lleva a cabo la liquidación de la sociedad conyugal , las implicaciones pueden ser graves. En el caso de un divorcio, si uno de los cónyuges no liquida la sociedad, podría perder su derecho a reclamar ciertos bienes. Además, la falta de liquidación puede generar conflictos legales, especialmente si los bienes deben ser vendidos o distribuidos entre los herederos.

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Jurisprudencia relevante sobre la liquidación de bienes gananciales

La jurisprudencia del Tribunal Supremo y las Audiencias Provinciales ha sido determinante para consolidar criterios interpretativos en materia de liquidación del régimen económico de ganancias . A continuación, recopilamos y analizamos las sentencias más destacadas que aclaran aspectos esenciales sobre la naturaleza de los bienes, el procedimiento de liquidación, la valoración patrimonial y los efectos sobre las partes.

1. Naturaleza ganancial o privativa de los bienes

Una cuestión frecuente en la práctica judicial es determinar si ciertos bienes deben calificarse como gananciales o privativos. El Tribunal Supremo ha reiterado que la carga de la prueba recae sobre quien alega el carácter privativo del bien.

  • STS 835/2011, de 18 de noviembre : “La presunción de ganancialidad solo cede ante prueba cumplida del carácter privativo del bien, siendo insuficiente una mera manifestación unilateral”.

  • STS 344/2018, de 7 de junio : el Alto Tribunal reitera que la aportación de dinero privativo para adquirir un bien durante la sociedad de gananciales no convierte automáticamente el bien en privativo , si este fue adquirido en documento público como ganancial.

2. Atribución de ganancialidad a bienes adquiridos con dinero privativo

El tratamiento del dinero privativo empleado en la adquisición de bienes comunes ha sido objeto de numerosas controversias.

  • STS 295/2019, de 27 de mayo : se reconoce el derecho de reembolso al cónyuge que aportó fondos privativos para la adquisición de un bien ganancial, de conformidad con el artículo 1358 del Código Civil.

  • STS 101/2020, de 12 de febrero : establece que, para reclamar dicho reembolso, no es necesario acreditar un pacto expreso entre los cónyuges , siempre que dede probado el origen privativo del dinero.

3. Liquidación y valoración de bienes y deudas

En cuanto a la fase de liquidación, el Tribunal Supremo ha determinado que los bienes deben valorarse en el momento más próximo posible a la fecha de adjudicación , y no al de la disolución del régimen.

  • STS 431/2017, de 7 de julio : “La valoración de los bienes debe atender a su estado y valor en el momento de la liquidación efectiva, no al de la separación o divorcio”.

En relación con las deudas gananciales , la jurisprudencia ha afirmado que todas las contraídas durante el matrimonio se presumen comunes, salvo prueba en contrario.

  • SAP Madrid, Sección 24ª, Sentencia de 3 de mayo de 2021 : incluye en el pasivo ganancial los préstamos solicitados por uno solo de los cónyuges si su destino fue el sostenimiento de cargas familiares.

4. Uso de la vivienda familiar y adjudicación

Uno de los aspectos más sensibles tras la disolución del régimen económico matrimonial es el uso de la vivienda familiar , especialmente si hay menores involucrados.

  • STS 513/2017, de 22 de septiembre : establece que el uso de la vivienda atribuido al progenitor custodio no impide que, en la liquidación de gananciales, se adjudique dicha vivienda al otro cónyuge, compensando económicamente su uso.

  • SAP Barcelona, ​​Sección 18ª, Sentencia de 9 de noviembre de 2020 : admite la adjudicación preferente de la vivienda al cónyuge que convive con los hijos menores, incluso si no es titular del 100% de la propiedad.

5. Derecho de reembolso y compensaciones

Cuando uno de los cónyuges realice pagos o inversiones con carácter privativo en bienes comunes o en beneficio de la sociedad de gananciales, nace el derecho a ser compensado , como establece el artículo 1358 del Código Civil.

  • STS 627/2020, de 23 de noviembre : reconoce el derecho de reembolso por obras de mejora en un inmueble ganancial sufragadas con dinero privativo.

  • STS 488/2021, de 1 de julio : reitera que la compensación debe calcularse conforme al valor real de lo aportado, actualizado al momento de la liquidación .

6. Intervención judicial en caso de desacuerdo

Cuando no haya acuerdo entre los cónyuges sobre el reparto, el procedimiento debe seguirse por la vía del artículo 810 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , que regula la formación de inventario y la liquidación judicial.

  • STS 97/2018, de 20 de febrero : aclara que no es necesario haber intentado la vía notarial si el desacuerdo entre las partes es manifiesto.

  • SAP Valencia, Sección 10ª, Sentencia de 21 de enero de 2022 : admite la intervención judicial directa cuando uno de los cónyuges obstaculiza sistemáticamente el reparto de los bienes.


Preguntas frecuentes sobre la liquidación de bienes gananciales

¿Qué es la liquidación de bienes gananciales?

La liquidación de bienes gananciales es el proceso mediante el cual se reparten los bienes, derechos y deudas adquiridos durante el matrimonio cuando finaliza el régimen económico de gananciales. Este reparto puede hacerse de mutuo acuerdo o de forma judicial si no hay consenso entre los cónyuges.


¿Cuándo se puede solicitar la liquidación de bienes gananciales?

La liquidación puede solicitarse desde el momento en que se disuelve la sociedad de ganancias, ya sea por divorcio, separación legal, nulidad matrimonial o cambio de régimen económico. También puede instarse tras el fallecimiento de uno de los cónyuges.


¿Qué bienes se consideran gananciales?

Se consideran ganancias todos aquellos adquiridos durante el matrimonio con dinero común, así como los rendimientos del trabajo de ambos cónyuges y los frutos o rentas de los bienes privativos. Los bienes adquiridos antes del matrimonio o por herencia o donación son privativos.


¿Se puede liquidar la sociedad de gananciales sin estar divorciado?

Sí, es posible. La ley permite disolver la sociedad de ganancias mediante capitulaciones matrimoniales y optar por otro régimen económico, como la separación de bienes, sin necesidad de divorcio. En ese caso, debe liquidarse la sociedad anterior.


¿Qué ocurre si no hay acuerdo entre los cónyuges?

Si no hay acuerdo, la liquidación de bienes gananciales debe hacerse por vía judicial. El procedimiento se inicia con la formación de inventario ( art. 809 LEC ) y posteriormente se lleva a cabo el reparto (art. 810 LEC) , bajo supervisión del juzgado.


¿Cómo se valoran los bienes gananciales en la liquidación?

Los bienes se valoran conforme a su precio o valor de mercado en el momento de la liquidación , no en la fecha del divorcio o de la separación. Esta valoración puede requerir informes periciales si no hay acuerdo entre las partes.


¿Tengo derecho a reembolso si aporté dinero privativo para comprar bienes gananciales?

Si. Según el artículo 1358 del Código Civil , el cónyuge que haya invertido dinero privativo en la adquisición de un bien ganancial tiene derecho a que se le reintegre esa cantidad en el momento de la liquidación.


¿Qué sucede con las deudas contraídas durante el matrimonio?

Las deudas contraídas durante el régimen de gananciales se presumen comunes, siempre que hayan sido destinadas a cubrir necesidades familiares o comunes. En la liquidación, dichas deudas deben incluirse en el pasivo del inventario.


¿Cómo se reparte la vivienda familiar en la liquidación?

La vivienda familiar se incluye como un bien ganancial si fue adquirida durante el matrimonio. En la liquidación puede adjudicarse a uno de los cónyuges, compensando al otro con dinero u otros bienes, salvo que se haya pactado otra cosa o exista un uso atribuido por decisión judicial.


¿Puedo hacer la liquidación ante notario?

Sí, si ambos cónyuges están de acuerdo, la liquidación puede hacerse de forma amistosa ante notario , lo que permite agilizar el proceso, reducir costos y evitar un procedimiento judicial más largo y complejo.

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Conclusión

La liquidación de bienes gananciales es un proceso clave en el derecho familiar, especialmente en casos de divorcio , separación o fallecimiento de uno de los cónyuges. Entender cómo funciona este proceso, cuándo debe realizarse y qué implicaciones tiene es fundamental para evitar conflictos y garantizar que los bienes se repartan de manera justa. Si tienes dudas sobre cómo realizar la liquidación de bienes gananciales , te recomendamos buscar asesoramiento legal especializado para garantizar que se cumplan todos los requisitos legales y proteger tus derechos.

Este proceso no solo afecta a los bienes materiales, sino que también tiene un impacto significativo en la vida de las personas involucradas, por lo que es esencial manejarlo con cuidado, en el momento adecuado y con la ayuda de expertos si es necesario.

Hazlo hoy mismo. Evita problemas futuros y asegura el reparto adecuado de tus bienes.

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