Javier Álvarez Abogados

Impago pensión de alimentos

Impago pensión de alimentos: consecuencias y soluciones legales

El impago de la pensión de alimentos es un problema frecuente que puede generar graves consecuencias legales para el obligado al pago. A continuación, abordamos las dudas más comunes sobre este tema y explicamos las opciones legales para reclamar la pensión de alimentos impagada.

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¿Tienes dudas legales sobre las penas por impago? Solicita una consulta confidencial

Llámanos ahora o escribe para recibir asistencia legal especializada sin compromiso.

Preguntas frecuentes sobre el impago de pensión de alimentos

El impago se considera delito cuando se deja de abonar dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos. En estos casos, el progenitor incumplidor puede enfrentarse a:

  · Pena de prisión de 3 meses a 1 año.

  · Multa de 6 a 24 meses.

  · Obligación de pagar las cantidades adeudadas.

  · Posible procesamiento penal.

¿Te encuentras en esta situación? Contáctanos para iniciar una reclamación penal o defender tus derechos.

El retraso no exime del pago. El progenitor custodio puede reclamar judicialmente la cantidad debida, aplicando recargos e intereses.

Cualquier retraso puede ser reclamado legalmente. Si supera los dos meses consecutivos o cuatro alternos, puede ser delito.

Solicita asesoría para evitar que un simple retraso se convierta en una causa penal.

Dos meses seguidos o cuatro alternos ya permiten presentar denuncia. Se puede solicitar embargo de bienes y cuentas.

El tribunal podrá:

  · Imponer multas y prisión.

 · Embargar cuentas y bienes.

  · Incluirte en listas de morosos.

  · Retener devoluciones de Hacienda.

¿Has recibido una denuncia? No esperes más. Habla con un abogado especializado

En estos casos, se puede embarcar sin aplicar el mínimo inembargable. Se incluyen sueldos, cuentas y devoluciones fiscales.

Sí. Normalmente se actualiza anualmente conforme al IPC que publica el INE.

¿No sabes cómo actualizar la pensión? Te guiamos paso a paso. Escríbenos.

En la sentencia o convenio regulador, con cláusulas como:

“La pensión de alimentos se actualizará anualmente conforme a las variaciones del IPC…”

Revisamos tu convenio y te ayudamos a aplicar la actualización correctamente.

 1.  Comprobar el IPC.

 2. Calcular la variación.

 3. Notificar la nueva importación.

Te facilitamos el cálculo exacto. Solicite su informe personalizado.

Puedes:

  · Presentar demanda de ejecución para embargo.

  · Denunciar penalmente si hay delito.

  · Solicitar ayuda al Fondo de Garantía del Pago de Alimentos.

Déjanos ayudarte a recuperar lo que te corresponde.

Los civiles pueden tardar 3-6 meses, los penales hasta un año o más.

Cada caso es distinto. Consulta con nosotros y te orientamos sobre los plazos reales.

  · Intereses sobre la deuda.

  · Embargos.

  · Prohibición de acceder a ayudas públicas.

  · Antecedentes penales.

  · Inclusión en listas de morosos.

Evita complicaciones. Podemos ayudarte a solucionar tu situación antes de que empieces.

Se puede ejecutar judicialmente el pago. En casos graves, puede haber multas, embargos y prisión.

Actúa cuanto antes. Protege tus derechos y los de tus hijos.

Puede ser rápido si hay bienes localizados. En semanas o pocos meses, según el juzgado.

Infórmate ahora. Inicia el proceso de embargo con apoyo profesional.

  · Prisión: 3 meses a 1 año.

  · Multas: 6 a 24 meses.

  · Embargos y antecedentes penales.

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